La Corte de Coyhaique acogió hoy –miércoles 27 de marzo– el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y decretó la prisión preventiva de Rodrigo Alejandro Dúmenez Gómez y Edison Hernán Chávez Mansilla, imputados como autores del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado a principios de mes, en la bahía de Puerto Chacabuco. En fallo unánime (causa rol 146-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Luis Aedo Mora, Pedro Castro Espinoza, José Ignacio Mora Trujillo y Natalia Rencoret Oliva– revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Aysén, que dejó sujetos a arresto domiciliario a los imputados. “(…) teniendo presente que de los antecedentes de la investigación que el Ministerio Público ha dado a conocer en esta audiencia además de los que obran en la presente causa, concurren elementos de juicio que justifican, en este estadio procesal, la existencia del delito que se investiga así como la participación que ha cabido a los encartados en él; asimismo, considerando la gravedad de la pena asignada al ilícito y su forma de comisión, se ha estimado que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en la forma que prescribe la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, motivos por los cuales y atendido lo dispuesto en los artículos 122, 139 y 140, del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en la audiencia de 26 de marzo de 2024, por el juez titular del Juzgado de Garantía de Aysén, en virtud de la cual no hizo lugar a decretar la prisión preventiva de los imputados Rodrigo Alejandro Dúmenez Gómez y Edison Hernán Chávez Mansilla y, en su lugar, se resuelve que se dispone dicha medida cautelar en su contra”, consigna el fallo. Según el ente persecutor, en horas de la madrugada del sábado 9 de marzo de 2024, en el interior del puente de mando de la embarcación Carlos II, la que se mantenía en un centro de cultivo ubicado en el sector Punta Oeste de la bahía de Puerto Chacabuco, comuna de Aysén, los imputados agredieron a la víctima, Daniel Chiguay Chiguay, tras mantener una discusión generada por el consumo y alcohol y drogas, utilizando elementos contundentes con los cuales le propinaron golpes en diversas partes del cuerpo, especialmente en la cabeza. Agresión que continuaron en la cubierta de la embarcación, desde donde, finalmente, lanzaron a la víctima al agua, provocándole la muerte por asfixia por sumersión. En la causa, quedaron con las cautelares de firma y arraigo nacional, los imputados en calidad de encubridores del delito, los tripulantes Marcelo Alejandro Millán Ruiz, Alberto Rolando Millán Ruiz, Alexis Eduardo Mansilla Mayorga, José Heriberto Tureuna Agüero y Sergio Alfredo Oyarzo Raicahuin.
El Ministerio Público confirmó la noche de este viernes que el cuerpo hallado bajo un bloque de cemento en una toma de Maipú corresponde al exmilitar venezolano Ronald Ojeda. La noticia fue dada a conocer por el fiscal Héctor Barros, quien está a cargo del caso y además confirmó que la data de muerte es de entre 7 a 10 días. “ Se puede confirmar que corresponden los restos a la víctima Ronald Ojeda, que era la víctima, en este caso de secuestro. La data de muerte aproximada, de acuerdo al médico del Demecri de la PDI, señala que es entre 7 y 10 días, por lo tanto, coincide además con la fecha en que se produjo el secuestro”, explicó el fiscal Héctor Barros. Por este crimen hay un venezolano de 17 años detenido, quien se encuentra en Chile de forma irregular. Además se emitieron otras dos órdenes de detención contra sospechosos de participar en el crimen.
La Corte de Coyhaique acogió hoy –miércoles 27 de marzo– el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y decretó la prisión preventiva de Rodrigo Alejandro Dúmenez Gómez y Edison Hernán Chávez Mansilla, imputados como autores del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado a principios de mes, en la bahía de Puerto Chacabuco. En fallo unánime (causa rol 146-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Luis Aedo Mora, Pedro Castro Espinoza, José Ignacio Mora Trujillo y Natalia Rencoret Oliva– revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Aysén, que dejó sujetos a arresto domiciliario a los imputados. “(…) teniendo presente que de los antecedentes de la investigación que el Ministerio Público ha dado a conocer en esta audiencia además de los que obran en la presente causa, concurren elementos de juicio que justifican, en este estadio procesal, la existencia del delito que se investiga así como la participación que ha cabido a los encartados en él; asimismo, considerando la gravedad de la pena asignada al ilícito y su forma de comisión, se ha estimado que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en la forma que prescribe la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, motivos por los cuales y atendido lo dispuesto en los artículos 122, 139 y 140, del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución dictada en la audiencia de 26 de marzo de 2024, por el juez titular del Juzgado de Garantía de Aysén, en virtud de la cual no hizo lugar a decretar la prisión preventiva de los imputados Rodrigo Alejandro Dúmenez Gómez y Edison Hernán Chávez Mansilla y, en su lugar, se resuelve que se dispone dicha medida cautelar en su contra”, consigna el fallo. Según el ente persecutor, en horas de la madrugada del sábado 9 de marzo de 2024, en el interior del puente de mando de la embarcación Carlos II, la que se mantenía en un centro de cultivo ubicado en el sector Punta Oeste de la bahía de Puerto Chacabuco, comuna de Aysén, los imputados agredieron a la víctima, Daniel Chiguay Chiguay, tras mantener una discusión generada por el consumo y alcohol y drogas, utilizando elementos contundentes con los cuales le propinaron golpes en diversas partes del cuerpo, especialmente en la cabeza. Agresión que continuaron en la cubierta de la embarcación, desde donde, finalmente, lanzaron a la víctima al agua, provocándole la muerte por asfixia por sumersión. En la causa, quedaron con las cautelares de firma y arraigo nacional, los imputados en calidad de encubridores del delito, los tripulantes Marcelo Alejandro Millán Ruiz, Alberto Rolando Millán Ruiz, Alexis Eduardo Mansilla Mayorga, José Heriberto Tureuna Agüero y Sergio Alfredo Oyarzo Raicahuin.
El Ministerio Público confirmó la noche de este viernes que el cuerpo hallado bajo un bloque de cemento en una toma de Maipú corresponde al exmilitar venezolano Ronald Ojeda. La noticia fue dada a conocer por el fiscal Héctor Barros, quien está a cargo del caso y además confirmó que la data de muerte es de entre 7 a 10 días. “ Se puede confirmar que corresponden los restos a la víctima Ronald Ojeda, que era la víctima, en este caso de secuestro. La data de muerte aproximada, de acuerdo al médico del Demecri de la PDI, señala que es entre 7 y 10 días, por lo tanto, coincide además con la fecha en que se produjo el secuestro”, explicó el fiscal Héctor Barros. Por este crimen hay un venezolano de 17 años detenido, quien se encuentra en Chile de forma irregular. Además se emitieron otras dos órdenes de detención contra sospechosos de participar en el crimen.