Declaran ilegal detención werkén Weketrumao Quellón
Una uniformada desenfundó su arma durante un operativo denunciado en redes sociales. Inspectores municipales también involucrados.
Ilegal fue declarada ayer la detención del werkén de Weketrumao en Quellón, luego de un cuestionado procedimiento que se registró al interior de la comunidad indígena y en el que se acusó violencia de parte de los agentes interventores. Pese a los vicios detectados en el operativo, el joven igual fue formalizado y quedó con una salida alternativa.
El dispositivo que incluso fue viralizado por redes sociales se produjo el mediodía del jueves, en los momentos en que una patrulla mixta de Carabineros e inspectores municipales arribó al lugar para intimar una orden de aprehensión contra el vocero de la comunidad que se autodefine mapuche-huilliche.
Tal como expuso en las plataformas digitales Rosa Neipán, del lof Weketrumao, los funcionarios que materializaron el procedimiento “hicieron uso excesivo de la fuerza, amedrantando con un arma de parte de una carabinera, apuntando a todos y sembrando el terror”. Incluso, responsabilizó al alcalde de la comuna de mandatar a este equipo para este despliegue.
Un requerimiento por lesiones leves fue el sustento para activar esta acción policial, la cual se habría ajustado a todos los protocolos, como especificó el mayor Gonzalo Morales, titular de la Sexta Comisaría de Quellón, justificando la actuación de la uniformada.
“La patrulla mixta compuesta por dos funcionarios municipales y una carabinera se trasladó al sector de Chadmo para dar cumplimiento a un mandato judicial. Se entrevistan con la persona notificada y se le informa sobre la orden, procediendo a su detención por parte de los inspectores. El sujeto opone resistencia al operativo, resultando lesionado un inspector”, aclaró el oficial.
Sumó el jefe policial que en medio del dispositivo “se acercaron cerca de 5 a 7 individuos, quienes intentan evitar la detención. Se apersonan de manera agresiva, insultando a los funcionarios. Ante la situación de riesgo y la inferioridad numérica, la carabinera extrae su arma de servicio con el fin de no ser agredida. En ningún momento se hizo uso del arma de fuego, solo se desenfundó de manera preventiva”.
Por su parte, el aludido alcalde Claudio Barudy (indep.) señaló de forma tajante que “ningún guardia municipal tiene el derecho de arrestar a nadie. En este caso, se trató de un patrullaje mixto en que los funcionarios prestaron apoyo a la carabinera que estaba siendo amenazada, solo la defendieron”.
Asimismo, el jefe consistorial descartó las acusaciones en su contra, enfatizando que “no tengo la potestad para instruir detenciones, no soy un juez. Es una aberración enorme lo que se dice, no puedo mandar a arrestar a alguien. Ninguna autoridad política puede hacerlo, es el Poder Judicial el que aplica la ley”.
En tanto, el imputado de iniciales M.A.N.N. (32) fue puesto a disposición del Juzgado Mixto de Quellón, donde el defensor Daniel Fuenzalida cuestionó las actuaciones que llevaron a su aprehensión.
Según explicó el abogado, “sin explicación, sin tener autoridad alguna, los funcionarios municipales redujeron a mi representado causándole lesiones, tal como consta en el video, contraviniendo una serie de normativas”, tanto del sistema penal como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Incluso, el profesional argumentó que los inspectores “habrían cometido la falta de coacciones. El imputado se defendió de ese acto ilegal”.
Es más, como el propio jurista comentó, al ser remitido el werkén hasta la unidad policial desde el tribunal se indicó que quedara apercibido por la orden judicial. Sin embargo, en el acto arribaron los funcionarios denunciando lesiones y amenazas. Por esa flagrancia pasó a control en el tribunal.
Las alegaciones de la defensa fueron acogidas por la magistrada (s) Paola Barra, decretando ilegal el procedimiento policial. No obstante, en la audiencia el fiscal (s) Felipe Rodríguez igual formalizó al encartado y ofreció una salida alternativa.
“La causa quedó en acuerdo reparatorio de prohibición de acercarse a la víctima del requerimiento judicial, como también al inspector que acusa las supuestas lesiones y amenazas, todo por el plazo de un año”, detalló Fuenzalida.
Fuente: SoyChile Chiloe
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